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Conde en Asturias de Santillana y Transmiera (f. s. VIII – p. s. IX)
Gundesindo es un noble del reino asturiano que a principios del siglo IX ostenta el título de conde y cuyas posesiones se encuentran en las comarcas de Transmiera, Asturias de Santillana y Las Bardulias, la incipiente Castilla, aunque nunca se cita expresamente qué zona es la que administraba como conde.
Pertenecería a una familia noble con arraigo en la zona, no solo por su volumen de posesiones, sino porque él mismo dice que ya pertenecían a sus padres y abuelos (que avi meis et gens mea tradiderunt post morte).
Solo se conoce su existencia por su testamento, un documento del 30 de noviembre de 816. Reinando Alfonso II de Asturias, el conde Gundesindo determina que será sepultado en el hoy desaparecido monasterio de San Vicente de Fístoles (Lloreda, Cantabria). En su lugar se alza, hoy en día, la ermita de San Vicente Mártir en el término que actualmente pertenece a la vecina localidad de Lloreda.


Este monasterio había sido fundado en el 811 por los hermanos Sisnando y Guduigia, en presencia de un obispo llamado Quintila y del propio rey Alfonso II.

El conde Gundesindo confirma una importante donación de bienes patrimoniales: iglesias, monasterios y tierras. Se citan las localidades de Arce (Eçe); Velo (Belo), Oruña de Piélagos (Erunia), Boo de Piélagos (Bao), Tulex (¿Monte Tolío?), Liencres (Iencres), Mortera (Mortaria), Pangüerras en Penilla del Cayón, en el valle del Cayón (Pangorres in balle Kalone), Letezana, Sobarzo (Sobarço), ¿Totero? (Autteris), Cabárceno (Kabargino), Penagos (Paniacos), Liérganes (Lerganes) junto al río Mera, Rucandio (Rio Kandio), Sautum, Paites y Torala (¿Santa María de Toraya?) en la Transmiera; y más allá de las montañas, en Castilla, Sotoscueva (Savtus Coba), Cornejo (Cornelio), Mozares (Botares) y Prádanos (Platanos, un despoblado enfrente de Barcenilla de Cerezos), entre Ormaça y Spinosella (Espinosa de los Monteros).
Este documento, descartada la carta del 15 de septiembre del 800 referente a Taranco de Mena por su manipulación, sería el primero en el que aparece el topónimo Castilla.
De este modo se puede trazar una mapa de sus posesiones que abarcaban desde la costa cantábrica hasta el norte de la actual provincia de Burgos.
Esta descripción confirma que el reino de Asturias a comienzos del siglo IX estaba ya bien asentado en Las Merindades de Burgos, al menos en los valles de Sotoscueva y de Mena.
Al ser un testamento, es muy probable que Gundesindo falleciera al poco tiempo de haberlo redactado. Según sus deseos sería sepultado en San Vicente de Fístoles. Excavaciones realizadas en el lugar entre los años 1975 y 1984 descubrieron una necrópolis medieval con 26 tumbas de lajas. ¿Puede que alguna de ellas fuera la del conde Gundesindo?
Se desconoce si Gundesindo tuvo descendencia. Tampoco se sabe quién lo sucedió en su cargo.
Texto del testamento del conde Gundesindo
La primera noticia de este testamento procede de la Soledad Laureada, Tomo VI, pág. 576 de Gregorio Argáiz (1675). A continuación se transcribe en latín y en romance en la obra Chronica de los principes de Asturias y Cantabria de Fray Francisco Sota (1681). Según cuenta en la página 437, se hallaba en el archivo del monasterio de Oña, en un pergamino suelto, en el cajón de Liencres, letra L, y también estaba trasladado al Becerro de dicho Archivo, que llaman el libro de la Regla, fol. 72, pág. 2.
Una copia que realizó Liciniano Sáiz se encontraba en Monasterio de Silos, nº 10, fols. 23-24, y en la actualidad se encuentra en B. 290, nº 2B. Instituto de Historia, Academia de Ciencias de San Petersburgo (Rusia). Fue publicada por Justo Pérez de Úrbel en Historia del Condado de Castilla, Tomo III, Centro de Estudios Medievales, CSIC, Madrid, 1944, Apéndice I, Colección de Documentos castellanos, doc. 10, pp 1040-1043.
En 1835, la biblioteca medieval del monasterio de San Salvador de Oña (Oña, Burgos), debido a la Desamortización, fue completamente expoliada. Entre los documentos perdidos estaba el Testamento del conde Gundesindo o Pergamino de Fístoles, un documento escrito en letra visigótica del siglo IX. En 1982 el catedrático de Historia Medieval Emilio Sáez lo encontró en el archivo del Instituto de Historia de San Petersburgo (Rusia). Gracias a los investigadores Máximo Gutiérrez e Iván Gastañaga, en mayo de 2023 la institución rusa entregó una copia digitalizada al Archivo Histórico de Cantabria.

Archivo Histórico Regional de Cantabria
Texto en latín
Este es el texto en latín de esa edición:
In Dei nomine, Patris et Filii et Spiritus Sancti, regnantes in secula seculorum, amen. Ego Gundesindus comitis, qui signa facturus vel roboratus sum, sicut docet doctrina Salvatoris, qui cum Deo Patre et cum Spiritu Santo unus est Deus, credimus cum ipsis Apostolis una fidem abere, quod est: Credo in Deum Patrem omnipotentem.
Ego quidem iam supradictus Gundesindus Comiti facio testamentum vel traditionem in onore Dei et sanctorum martirum, sancti Vincenti levite, et sancti Christofori, mrs. Xti., cuius baselicas fundata sunt in villa, que dicunt Fistoles; trado ad ipsas ecclesias et ad ipsos monasterios sancti Vincenti et sancti Christofori et ad Sesinando Abbate et ad Guduigia Deo vota, trado meas villas et meos monasterios, quem abeo de parentum vel abeorum meorum, id est, villa que dicunt Eçe cum suos monasterios, sancte Marie et sancti Petri et Pauli, que est juxta flumen que dicunt Pas, et sancti Juliani in villa, que dicunt Belo, ipsa villa et ipsos monasterios cum omni suos terminos et suas adiacentias et suos molinos, montibus et fontibus vel omnia prestationibus suis, ab omni integritate, et villa que dicunt Erunia cum suo monasterio sancte Eulalie, et villa que dicunt Bao et Tuler, et villa que dicunt Ienores, ab omni integritate, cum sue ecclesie sancte Eulalie et monasterio sancti Iuliani in Mortaria; et in valle Baione, villa que dicunt Pangorres cum sue ecclesie sancte Marie, ipsa villa per omnes suos terminos et suas adiacentias, ab omni integritate, et villa que dicunt Letezana et villa que dicunt Sobarzo, cum suo monasterio sancti Martini, per suos terminos et suas adiacentias, ab omni integritate; et villa que dicunt Auteris, et villa que dicunt Babargino et sue ecclesie sancti Vincentii per suos terminos et suas adiacentias, ab omni integritate; et villa que dicunt Paniacos cum suo monasterio sante Eulalie, per omnes suos terminos et suas adiacentias, gresum et regresum, montibus et fontibus, ab omni integritate et ecclesie sancti Georgi, que est in ipsa villa Paniacos, et villa que dicunt Lerganes et suo monasterio sancti Martini, que est iuxta rio Mera, ipsa villa per omnes suos terminos et suas adiacentias, montibus et fontibus, ab omni integritate; et villa que vocintant Rio Kandio cum sue ecclesie sancte Marie, et in Trasmera villa que dicunt Saucum ab omni integritate et allia villa que dicunt Paites que est in Trasmera et Toraia; et foras monte, in Castella, villa vocabulo Sauctus Coba, et Cornelio, et Botares, et Platanos; villa qui est inter Ormaza et Spinosella:
Sic dono vel concedo ego Gundesindus comite ipsas iam superius resonant cum suos monasterios et omnia sua ereditatem, quantum pertinet ad ipsas villas que deserviant ad ipsa monasteria sancti Chrisfori vel sancti Vincenti, pro remedio anime mee, ubi corpus meum tumulare desidero, ut qui ibi fuerint, in ipsa monasteria pro Dei servitio et in agone Dei certaverint, et domum Domini frequentaverint, abeant exinde gubernium, et ego vite eterne remedium.
Et confirmo ego Gundesindus comite ipsos testamentos, que avi meis (?) et gens mea tradiderunt post morte, ecclesie sancti Vincenti et sancti Christofori, et ad Sesinando Abbate et ad Guduigia Deo vota, tradiderunt pro remedio animas suas. Si quis tamen contra hanc testamentum traditionis ecclesie venerit ad inrumpendum an ego an quislibet de propinquis vel consaguinibus meis vel quislibet homo generis, per potentiam tulerit, descendat super illum repentinus Dei iuditius, sicut descendit super Datam et Abiron, viros sceleratissimos, quos vivos terra absorbuit, et cum Juda traditore abeat portione in inferno inferiori, et pro damna secularia inferat huic testamento ecclesie auri libras LX, et rex vero, comes vel quislibet regia potestas, hic adiutorium non dederit sciat se ante divina magestate culpam abere. Facta scriptura testamentum ecclesie, pridie kalendas decembris, era DCCCLIIII, regnante dominissimo principe Adefonso in Asturias vel in ceteras provintias.
Ego Gundesindus comes, qui hac scriptura testamentum ecclesie, que fieri voluit et relegentem audivit manu mea signum feci + et rovoravi, et testibus tradidi ad roborandum. Filo cognomento Breto, ubi preses fuerunt suscripserunt. Hossorius pbr. hic testes, Aulfus presbiter hic testes, Adekca hic testes, Ermegildus hic testes, Gildefredus hic testes, Renumirus presbiter hic testes, Esaeas testes, Felis ts., Leonas ts., Aurdius ts., Stefanus ts., Paternus ts., Albura hic ts., Gutinus presbiter scripsit, signum feci +. Aurelius hic ts., Johannis hic ts., + feci, Quinderedus presbiter confirmans terminos quis ……… pontitos et per ripa alta, et per illas petras fictas ad Fastiello, et per illa Formaza de rio Castanios, et per rio de Incirana adiuso, et plecat ad rio de Sancti Tirsi, et per arroyo ………. um, ad illo miratorio, et per serra longa quomodo invertit aqua ad villa de Festoles, et per illu pendium, qui descendit ad rio Pisonna, ad illo molino de regula sancti Vincenti de Festoles. Martinus exaravit.

Traducción al castellano
Traducción de Alberto Ceballos Hornero1:
(crismón) En el nombre de Dios, Padre, Hijo y Espíritu Santo, que reina por los siglos de los siglos, amén.
Yo el conde Gundesindus que voy a hacer signatura y también validado. La santa doctrina del Salvador, quien con Dios Padre y con el Espíritu Santo un solo Dios es, enseña, y creemos con los mismos apóstoles, que hay una sola fe, cual es: Creo en Dios padre omnipotente.
Yo, en efecto, el ya supradicho Gundesindus, como conde, hago testamento o legado en honor de Dios y de los santos mártires, de San Vicente {y} diácono y de San Cristóbal mártir de Cristo, cuyas basílicas han sido fundadas en la villa que llaman Fístoles; lego para estas mismas iglesias y para los mismos monasterios de San Vicente y de San Cristóbal y para el abad Sesinado y para la consagrada a Dios Guduigia, lego mis villas y mis monasterios, que tengo de mis padres o abuelos, es decir, la villa que llaman Eçe con sus monasterios de Santa María y el de San Pedro y Pablo que está junto al río que llaman Pas, y (el monasterio) de San Julián en la villa que llaman Belo; esta misma villa y los mismos monasterios con todos sus límites y sus terrenos adyacentes y sus molinos, con montes y fuentes, con todas sus prestaciones en toda su integridad. Y la villa que llaman Erunia con su monasterio de Santa Eulalia. Y la villa que llaman Bao, y la de Tulex, y la villa que llaman Lencres en toda su integridad con la iglesia de Santa Eulalia. Y el monasterio de San Julián en Mortaria. Y en el valle de Kalona la villa que llaman Pangorres con su iglesia de Santa María, esta misma villa a lo largo de todos sus límites y terrenos adyacentes en toda su integridad. Y la villa que llaman Letezana, y la villa que llaman Sobarzo con su monasterio de San Martín, a lo largo de sus límites y sus terrenos adyacentes en toda su integridad. Y la villa que llaman Auteris, y la villa que llaman Kabargino, incluida su iglesia de San Vicente, a lo largo de sus límites y sus terrenos adyacentes en toda su integridad. Y la villa que llaman Paniacos con su monasterio de Santa Eulalia a lo largo de todos sus límites y sus terrenos adyacentes, tanto en el camino de ida como en el de regreso, con montes y fuentes, en toda su integridad. Y la iglesia de San Jorge que está en la villa de Paniacos, y la villa que llaman Lergane incluido su monasterio de San Martín que está junto al río Mera; esta misma villa a lo largo de todos sus límites y sus terrenos adyacentes, con montes y fuentes, en toda su integridad; y la villa que nombran Río Kandio con su iglesia de Santa María. Y en Trasmera la villa que llaman Sautum en toda su integridad. Y otra villa que llaman Paites que está en Trasmera, y Torala, y Forasmonte, en Castilla la villa con el nombre de Sautus Coba, Cornelio, Botares y Platanos, villa que está entre Ormaça y Spinosella. De este modo dono y concedo, yo Gundesindus, siendo conde, estas mismas villas que ya más arriba se mencionan con sus monasterios y todas sus cosas que como heredad les pertenece a estas mismas villas, las cuales dependan de esos mismos monasterios de San Cristóbal y San Vicente, en favor del remedio de mi alma, donde deseo enterrar mi cuerpo para que quienes allí hubieren ido en estos mismos monasterios en favor del servicio de Dios y hubieren participado en competición de Dios y hubieren frecuentado la casa del Señor, tengan entonces gobierno y yo remedio de una vida eterna.
Y confirmo yo Gundesindus, siendo conde, estos mismos testamentos que mis abuelos y mi linaje me legaron, después de que se legaron la parte de la iglesia de San Vicente y de San Cristóbal y para el abad Sesinando y para la consagrada a Dios Guiduigia en favor del remedio de sus almas. Si alguien, empero, contra este testamento legado para la iglesia viniere para impedirlo, o bien yo o bien cualquiera entre mis parientes o consanguíneos o cualquier hombre de mi linaje lo arrebatare mediante la fuerza, descienda sobre aquél el juicio inmediato de Dios, así como descendió sobre Datán y Abirón, hombres muy impíos, a quienes la tierra tragó vivos, y con el traidor Judas tenga una parte en el infierno inferior, y en favor de los daños seculares que pague de acuerdo con este testamento 60 libras de oro a la iglesia, y que el rey, ciertamente, el conde o cualquier potestad real en caso de que no diere esta ayuda sepa que él ante la divina majestad tendrá culpa.
Hecha esta escritura testamento para la iglesia la víspera de las kalendas de diciembre del 854 de esta era [= 30/XI/816 dC], siendo rey el muy señor príncipe Alfonso en Asturias y también en las demás provincias.
Yo el conde Gundesindus, que esta escritura testamento para la iglesia que quiso que se hiciera y oyó a quien la restituye; por mi mano hice esta signatura [+], y validé y legué con testigos para validarla.
Silo, apodado Breto, ante quien fueron presentes y subscribieron: el presbítero Hossorius, aquí como testigo; el presbítero Ariulfus, aquí como testigo; Adeka, aquí como testigo; Ermegildus, aquí como testigo; Gun[de]fredus, aquí como testigo; el presbítero Renuimirus, aquí como testigo; Garseas, como testigo; Felix, como testigo; Leonas, como testigo; Aurelius, como testigo; Stefanus, como testigo; Quaternus, aquí como testigo; Albura, aquí como testigo.
El presbítero Gutinus escribió e hizo esta signatura [+].
Aurelius, aquí como testigo, hizo [+]. Iohannis, aquí como testigo, hizo [+]. Confirmando el presbítero [Sen]deredus.
Los límites que son… a lo largo de puentes y acantilados y piedras modeladas hasta Faitiello, y a lo largo de aquella formación del río de Castanios, y a lo largo del río de Inciraria hacia abajo donde enlaza con el río de Santo Tirso, y a lo largo del arroyo de… hasta aquel mirador, y a lo largo de la alargada sierra, [así] del modo que el agua vuelve hacia la villa de Festoles, y a lo largo de aquella pendiente que desciende hacia el río Pisonna hasta aquel molino bajo la regla de San Vicente de Festoles… Martinus lo registrará.
Fábulas y genealogías en torno al conde Gundesindo
Al hilo de las donaciones hechas entre los años 811 y 820 al monasterio de San Vicente de Fístoles se sabe que el obispo Quintila y su hermana Sabildi eran tíos de la fundadora del monasterio: Guduigia. Como en un documento del 820 ambos hermanos dan a Fístoles la parte que les correspondía en varias iglesias que antes había donado el conde Gundesindo, se supone que también podrían ser parientes de él. Pero nada más se puede suponer a partir de los documentos que han llegado hasta nosotros.
A pesar de ello las genealogías fabulosas que surgen posteriormente nos dan una serie de noticias sin fundamento de las que aquí nos hacemos eco.
En la biografía de Gundesindo escrita por Francisco Sota, (Libro III, capítulo 45 de su obra ya citada) nos dice que su verdadero nombre es Gonzalo Muñoz. Para Sota, Gundesindo sería una mala transcripción al romance de Gonzalo y supone que su padre era otro conde llamado Munio González. Por esta razón le da el nombre de Gonzalo Muñoz.
Este conde Munio González gobernaba sobre la Cantabria septentrional en época de Fruela I. Una vez fallecido Munio González, sus dominios fueron repartidos entre sus hijos Gonzalo Muñoz y Diego Muñoz. Gonzalo Muñoz gobernaría en la parte de Cantabria que es de aguas vertientes al mar. Según cuenta Sota, hay memoria de este conde en Cardeña en un documento del 796. Más adelante afirma que Gundesindo era hermano de Paterna de Castilla, esposa del rey Ramiro I.
Por último, asegura que Gundesindo dejó una hija llamada Urraca que heredó todos su estados. Esta Urraca se casó con Suero Suériz u Osóriz, conde de Asturias de Santillana y Galicia.
- Gutiérrez Sánchez, M.: Del “caxon de Liencres” en Oña a San Petersburgo, Revista Altamira Tomo XCIV, Santander, 2023, pp. 41-64 ↩︎